BASES DEL CONCURSO
«Gana una bicicleta Gravel de carbono con KINETIK
en el
ARTÍCULO 1 – EMPRESA ORGANIZADORA
La sociedad KINETIK , sociedad de responsabilidad limitada unipersonal (EURL) con un capital social de 7 500 euros, inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Saint-Brieuc con el número 809 504 848, cuyo domicilio social se encuentra en:
Calle Pierre de Coubertin, 922520 Binic-Étables-sur-Mer
en lo sucesivo denominada «la empresa organizadora», organiza un concurso con obligación de compra titulado:
«Gana una bicicleta Gravel Carbone BXT con KINETIK
El presente reglamento establece las condiciones en las que los participantes pueden participar en el concurso, así como las modalidades de designación y entrega del premio.
La participación en el concurso implica la aceptación plena, total y sin reservas del presente reglamento.
ARTÍCULO 2 – DEFINICIONES
A efectos del presente reglamento, los siguientes términos tendrán el significado que se indica a continuación:
- Participante
- Cualquier persona física que cumpla los requisitos establecidos en el presente reglamento.
- Pedido válido
- Pedido único por un importe mínimo de 100 € (IVA incluido), realizado en la página web oficial de KINETIK abonado en su totalidad.
- Sitio web
- La página web oficial de KINETIK www.kinetikadrenalink.com
- Juego
- El concurso «Gana una bicicleta Gravel Carbone BXT con KINETIK
- Lote
- La bicicleta descrita en el artículo 8.
ARTÍCULO 3 – DURACIÓN
El concurso se celebra desde el sábado 1 de agosto de 2026 a las 00:00 hasta el lunes 31 de agosto de 2026 a las 23:59 (hora de París).
Cualquier participación registrada antes o después de este plazo será rechazada automáticamente.
La empresa organizadora se reserva el derecho a modificar estas fechas en caso de que sea necesario, de conformidad con el artículo 14.
ARTÍCULO 4 – CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
El concurso está abierto exclusivamente a personas físicas:
- principales;
- que tengan plena capacidad jurídica;
- que residan en Francia metropolitana.
Quedan excluidos de cualquier participación:
- los empleados de KINETIK ;
- sus cónyuges;
- sus antepasados;
- sus descendientes;
- cualquier persona que haya participado directa o indirectamente en la organización del juego (proveedores, socios técnicos, comisario judicial, etc.).
Solo se permite una participación:
- por persona;
- por correo electrónico;
- por número de teléfono;
- por unidad familiar fiscal o dirección postal.
La empresa organizadora podrá solicitar cualquier documento justificativo que permita verificar estas condiciones. Cualquier declaración falsa supondrá la anulación inmediata de la participación.
ARTÍCULO 5 – CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
La participación está vinculada exclusivamente a una compra realizada durante el periodo de vigencia del concurso.
Se considerará válida cualquier pedido:
- realizada en www.kinetikadrenalink.com;
- por un importe mínimo de 100 € (IVA incluido);
- pagada en su totalidad;
- no anulada;
- no reembolsada;
- que no sea objeto de ningún litigio en materia de pago.
El importe mínimo de 100 € debe alcanzarse en un único pedido. Queda expresamente excluida la suma de varios pedidos.
Cada participante tiene derecho a una única participación en el sorteo, independientemente del número de pedidos válidos que haya realizado.
En caso de que haya varias participaciones de una misma persona o un mismo hogar, solo se tendrá en cuenta la primera participación válida que se haya registrado.
La confirmación de un pedido implica la aceptación plena y sin reservas del presente reglamento.
ARTÍCULO 6 – CONTROL DE LAS PARTICIPACIONES Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE
La empresa organizadora se reserva el derecho a realizar cualquier comprobación que considere oportuna para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento.
En particular, podrá solicitar cualquier documento justificativo que permita comprobar:
- la identidad del participante;
- su edad;
- su domicilio;
- la realidad del encargo realizado;
- el pago efectivo de la misma.
Cualquier participación que contenga información inexacta, incompleta, engañosa o fraudulenta se declarará nula.
La empresa organizadora se reserva asimismo el derecho a excluir a cualquier persona que intente alterar el funcionamiento normal del concurso, en particular mediante:
- la creación de varias cuentas de clientes;
- el uso de varias direcciones de correo electrónico;
- el uso de varias identidades;
- la suplantación de identidad;
- cualquier intento de manipulación informática o técnica;
- cualquier fraude en el pago;
- cualquier maniobra destinada a aumentar artificialmente las posibilidades de ganar.
Cualquier fraude o intento de fraude dará lugar a la anulación inmediata de la participación en cuestión, sin perjuicio de cualquier acción civil o penal que pueda emprender la empresa organizadora.
Las decisiones adoptadas por la empresa organizadora en el marco de los controles de validez de las participaciones están motivadas y se toman de buena fe.
ARTÍCULO 7 – SORTEO Y DESIGNACIÓN DEL GANADOR
El sorteo se llevará a cabo el 15 de septiembre de 2026, es decir, quince (15) días naturales después de la finalización del concurso.
Se llevará a cabo bajo la supervisión de un comisario de justicia, quien verificará la regularidad de las operaciones del sorteo, así como la elegibilidad del ganador.
El sorteo se llevará a cabo entre todas las participaciones válidamente registradas y no anuladas a la fecha del sorteo.
Se podrá designar a un ganador principal y a varios ganadores suplentes.
Se contactará con el ganador por teléfono y/o correo electrónico en un plazo máximo de cinco (5) días laborables tras el sorteo.
Dispondrá de un plazo de quince (15) días naturales para confirmar la aceptación del premio y facilitar, en su caso, los datos necesarios para su entrega.
Si no se recibe respuesta en ese plazo, o en caso de que no sea posible localizar al ganador a pesar de varios intentos razonables, se considerará que este ha renunciado definitivamente al premio.
El premio se adjudicará entonces al primer suplente y, a continuación, si procede, a los siguientes suplentes, siguiendo el mismo procedimiento.
Los ganadores que no hayan respondido dentro del plazo establecido no podrán reclamar ninguna indemnización.
ARTÍCULO 8 – PREMIO EN JUEGO
El juego permite ganar el siguiente premio:
Una (1) bicicleta Gravel de carbono BXT
Valor comercial orientativo: 4 500 € IVA incluido (este valor corresponde al precio de venta al público recomendado en la fecha de redacción del presente reglamento).
El lote es estrictamente personal. Es:
- no transferible;
- no canjeable;
- no reembolsable;
- No fraccionable.
No se podrá solicitar ninguna contraprestación económica ni ventaja de ningún tipo a cambio del premio.
La fotografía utilizada en los materiales de comunicación se ofrece a título meramente ilustrativo y no tiene ningún valor contractual.
En caso de que el premio no esté disponible de forma definitiva por causas ajenas a la voluntad de la empresa organizadora, esta podrá sustituirlo por otro premio con características equivalentes o superiores, sin que dicha sustitución pueda dar lugar a ninguna reclamación.
ARTÍCULO 9 – ENTREGA DEL LOTE – TRANSFERENCIA DE RIESGOS – RESPONSABILIDAD
El premio se enviará al domicilio del ganador o se le entregará en mano, a cargo de la empresa organizadora, tras verificar su identidad.
La transferencia de la propiedad y de los riesgos se produce en el momento de la entrega efectiva de la bicicleta al ganador o a cualquier persona designada por este.
A partir de la entrega, el ganador asumirá por sí solo la custodia, la conservación, el mantenimiento, el uso y todos los riesgos relacionados con la bicicleta.
Le corresponde, en particular:
- comprobar el buen estado de la bicicleta en el momento de su recepción;
- seguir las recomendaciones del fabricante;
- garantizar su mantenimiento periódico;
- respetar todas las normas de tráfico y seguridad aplicables.
La empresa organizadora no es ni el fabricante, ni el importador, ni el distribuidor profesional de la bicicleta. Por consiguiente, no ofrece ninguna garantía comercial propia sobre el material. Las posibles garantías aplicables son responsabilidad exclusiva del fabricante o del distribuidor, de conformidad con las disposiciones legales y contractuales que les sean aplicables.
La empresa organizadora no se hará responsable de:
- un defecto de fabricación;
- de un vicio oculto;
- por el desgaste normal;
- por falta de mantenimiento;
- por un uso incorrecto;
- una modificación realizada por el ganador;
- de una rotura;
- de un vuelo;
- una pérdida;
- de un deterioro de la bicicleta tras su entrega.
La empresa organizadora tampoco se hará responsable de ningún daño, ya sea directo o indirecto, material, inmaterial o físico, que sufra el ganador o un tercero con motivo de la posesión, el transporte, el uso, el mantenimiento o el almacenamiento de la bicicleta.
El ganador es el único responsable del uso del premio y de las consecuencias que de ello se deriven. Corresponde a él, si así lo desea, contratar cualquier seguro adecuado para el uso de la bicicleta.
En caso de pérdida, destrucción o robo del lote tras su entrega, no se podrá solicitar a la empresa organizadora ninguna sustitución, indemnización ni reembolso.
ARTÍCULO 10 – CANCELACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN – DERECHO DE DESISTIMIENTO – REEMBOLSO
De conformidad con lo dispuesto en el Código del Consumidor, cualquier pedido que haya permitido participar en el concurso sigue estando sujeto a los derechos legales del consumidor, en particular al derecho de desistimiento cuando este sea aplicable.
No obstante, cuando un pedido que haya dado lugar a una participación sea objeto de:
- de una retractación;
- de una anulación;
- un reembolso total;
- un reembolso parcial que tenga como consecuencia que el importe del pedido quede por debajo del umbral de cien euros (100 € con IVA incluido);
- la devolución de uno o varios artículos que tenga la misma consecuencia;
- un impago;
- un rechazo bancario;
- una impugnación del pago;
- o cualquier fraude en el pago,
Antes de la fecha del sorteo, la participación correspondiente quedará automáticamente anulada.
Si se produce una devolución después del sorteo y resulta que, en la fecha del mismo, ya no se cumplían las condiciones de participación, la empresa organizadora podrá anular la adjudicación del premio y asignárselo al primer suplente.
ARTÍCULO 11 – DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos personales recopilados en el marco del presente concurso son tratados por KINETIK , en calidad de responsable del tratamiento, exclusivamente con los siguientes fines:
• registrar las participaciones;
• verificar su validez;
• organizar el sorteo;
• ponerse en contacto con el ganador;
• entregar el premio;
• cumplir con las obligaciones legales de la empresa organizadora.
Los datos que pueden recopilarse son, entre otros:
• apellidos;
• nombre;
• dirección postal;
• dirección de correo electrónico;
• número de teléfono;
• información relativa al pedido. Los datos se conservan durante el tiempo estrictamente necesario para la gestión del concurso y el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y con la Ley de Protección de Datos, cada participante tiene:
• derecho de acceso;
• derecho de rectificación;
• derecho de supresión;
• derecho a la limitación del tratamiento;
• derecho de oposición, cuando sea aplicable;
• derecho a la portabilidad de sus datos.
Estos derechos pueden ejercerse mediante carta dirigida a la sede social de KINETIK o por correo electrónico, según las modalidades indicadas en la Política de privacidad disponible en la dirección: https://www.kinetikadrenalink.com/policies/privacy-policy.
Los participantes también tienen derecho a presentar una reclamación ante la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL).
ARTÍCULO 12 – MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL CONCURSO
La empresa organizadora se reserva el derecho, si las circunstancias lo exigen y siempre que se respete la normativa aplicable, a modificar el presente reglamento, ampliar o acortar la duración del concurso, aplazar el sorteo, suspender temporalmente el concurso o anular total o parcialmente la operación.
Estas decisiones podrán adoptarse, en particular, en caso de: fuerza mayor, catástrofe natural, pandemia, resolución administrativa, incumplimiento por parte de un proveedor, indisponibilidad del lote, incidente técnico grave, fraude generalizado o cualquier otro acontecimiento ajeno a la voluntad de la empresa organizadora.
Cualquier modificación del reglamento se publicará en la página web de KINETIK entrará en vigor en cuanto se publique en línea. Los participantes no podrán reclamar indemnización alguna como consecuencia de dichas modificaciones.
ARTÍCULO 13 – RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ORGANIZADORA
La empresa organizadora hace todo lo posible para garantizar el buen desarrollo del concurso.
No obstante, no se le podrá considerar responsable, en particular, en los siguientes casos:
• fallos en la red de Internet;
• averías informáticas;
• fallos en los servidores;
• interrupciones en las comunicaciones electrónicas;
• errores humanos o informáticos;
• actos de piratería informática;
• de virus informáticos;
• de pérdida de datos;
• de indisponibilidad temporal de la página web;
• de retraso o pérdida de un envío postal o paquete imputable a los servicios postales o al transportista;
• de cualquier circunstancia ajena a su voluntad que haya perturbado el desarrollo normal del juego.
La empresa organizadora no garantiza un acceso ininterrumpido a la página web durante toda la duración del concurso.
No se hará responsable de las consecuencias derivadas de un uso indebido de la página web por parte de los participantes.
ARTÍCULO 14 – ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
La participación en este concurso implica la aceptación plena, total y sin reservas del presente reglamento.
Las bases del concurso pueden consultarse de forma gratuita durante todo el periodo de duración del mismo en la página web: www.kinetikadrenalink.com
También se podrá enviar de forma gratuita a cualquier persona que lo solicite por escrito a la empresa organizadora.
El presente reglamento se rige por la legislación francesa. Cualquier reclamación relacionada con el concurso deberá dirigirse por escrito a la empresa organizadora en un plazo de treinta (30) días a partir del sorteo.
No se admitirá ninguna reclamación una vez transcurrido dicho plazo. En caso de controversia, las partes se esforzarán por alcanzar una solución amistosa.
Se informa al participante, en su calidad de consumidor, de que puede recurrir de forma gratuita a un mediador en materia de consumo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos L.611-1 y siguientes del Código del Consumo.
A falta de una resolución amistosa, el litigio se someterá a los tribunales franceses territorialmente competentes, de conformidad con las disposiciones del Código de Procedimiento Civil y del Código del Consumo.